Las cámaras de videovigilancia se multiplican en la Comunidad de Madrid

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)  cuenta actualmente con cerca de 45.000 ficheros de videovigilancia activos, esto son 45.000 espacios donde hay instaladas una o, generalmente varias, cámaras de vigilancia que graban imágenes.

El número aumenta a una velocidad sorprendente ya que sólo en un año se han dado de alta 6.6776 nuevos ficheros, pasando de 35.656 a 42.432 del 1 de noviembre de 2014 al 1 de noviembre de 2015, casi un 19%.

En el sector privado las Comunidades de Propietarios ostentan el mayor peso de la demanda, junto a comercios y establecimientos hosteleros. El sector público por suvideovigilancia parte también es un agente importante en cuanto a videovigilancia; la Policía Municipal dispone de 147 cámaras, que se unen a las 177 de Tráfico municipal y a las 280 de la Dirección General de Tráfico. Cifras que no son nada comparadas con las 8.000 cámaras operativas en la red de Metro (5.000 en pasillos y 3.000 en trenes) o las 9.000 distribuidas en los autobuses de la EMT.

¿Invasión a la intimidad?

Enrique Villalobos,presidente de la Federación Regional de Vecinos (FRAM) muestra su preocupación a la vez que reconoce la necesidad de estas medidas: «Nos preocupa que se invada la intimidad debido al poco control que existe sobre las cámaras, aunque es cierto que hay una necesidad por parte de los vecinos de contratar cada vez más dispositivos de seguridad».

Los comerciantes, representados por Luis Pacheco, presidente de la Confederación de Comercio Especializado de Madrid (COCEM), expresan la necesariedad de estas medidas sin perjuicio a la intimidad: «Sufrimos constantes agresiones por parte de delincuentes. Por ello, tenemos que tomar las medidas necesarias para garantizar nuestra seguridad y la de nuestros clientes.» «Solo queremos que tenga un efecto disuasorio sobre los potenciales malhechores».

No obstante la legislación dispone de medidas para velar que el fin de la vigilancia y la seguridad no sobrepase los límites de la intimidad:

  • Los espacios en los que se graba deben estar debidamente señalizados, en dicha señalización debe constar el responsable del fichero.
  • Los dispositivos de grabación no pueden almacenar las imágenes durante más de 30 días.
  • Las cámaras únicamente pueden grabar el espacio autorizado, no siendo autorizados lugares sensibles como zonas de baño.

Fuentes de información: AEPD y 20 Minutos.

La videovigilancia inunda Madrid

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